
Actualización de la política de teletrabajo: Adaptación a la Reforma Laboral y evitar riesgos jurídicos
La norma redefine las modalidades de trabajo remoto e impone la obligación de capacitar a los teletrabajadores en herramientas tecnológicas, gestión del tiempo y comunicación remota.
Con ocasión de la Reforma Laboral, Ley 2466 de 2025, se introducen cambios importantes en la reglamentación del teletrabajo, los cuales son relevantes en el manejo de las relaciones laborales.
En esta oportunidad, se modifican las modalidades del teletrabajo y se adiciona la obligación de capacitar a los teletrabajadores en el manejo de herramientas tecnológicas, la gestión del tiempo y las habilidades de la comunicación remota.
Estas novedades, junto con la obligación establecida en el Decreto 1227 de 2022 de contar con una política de teletrabajo, hacen necesario que las empresas revisen y actualicen, de ser requerido, tanto su política como demás documentos relacionados. Esto permitirá mantener actualizado el sistema de gestión, mitigar riesgos de incumplimientos y contar con una fuerza laboral organizada y reglamentada.
Conforme a la Ley 2466, las nuevas modalidades de teletrabajo son:
- Autónomo: Se refiere a la persona que trabajará en su domicilio u otro lugar fuera de la sede física del empleador, y solo acudirá a las instalaciones de la empresa en algunas ocasiones.
- Móvil: Los teletrabajadores que no tienen un lugar de trabajo establecido.
- Híbrido: Se refiere a los teletrabajadores que laboran dos o tres días a la semana desde su casa y el resto de los días en las instalaciones del empleador. Esta modalidad implica flexibilización organizacional, y a la vez responsabilidad, confianza, control, disciplina y orientación a resultados por parte del teletrabajador y el empleador.
- Trasnacional: Se refiere al caso en el que un teletrabajador desempeña sus labores desde el exterior. Esta modalidad implica que el teletrabajador se encargue de tener su situación migratoria regular, y que el empleador cuente con un seguro que cubra, al menos, las prestaciones asistenciales en salud en caso de accidente o enfermedad. Las prestaciones económicas estarán a cargo del empleador, a través del sistema de Seguridad Social Colombiano.
- Temporal o emergente: Se refiere al teletrabajo implementado en casos puntuales, como lo es una emergencia sanitaria, o un desastre natural.
De manera consecuente a este marco normativo, cada empresa con un equipo integrado por las áreas de Seguridad y Salud en el Trabajo, la de Talento Humano y la Legal, debe revisar la política de teletrabajo, actualizarla de ser necesario y dejar constancia de los cambios que correspondan, atendiendo a la gestión documental.
La tarea de revisión comienza con identificación de las modalidades que aplican a la organización, para posteriormente precisar los términos, condiciones y características de operación de cada modalidad, terminando con la incorporación en el aparte de capacitación de lo relacionado con el contenido mínimo mencionado en este documento. Lo anterior, sin perjuicio de revisar y actualizar de ser necesario el resto de contenido en los términos designados por el Decreto 1227 de 2022.
Una vez finalizada la revisión de la política, esta deberá ser aprobada y firmada por la alta gerencia y socializada a todos los trabajadores.