La Reforma Pensional: 10 preguntas que su empresa debe resolver

La Reforma Pensional ya tiene nueva fecha para entrar en vigencia: el 1 de abril de 2027. Para los empleadores, sin embargo, conocer la fecha no resuelve lo más importante, sus dudas sobre quiénes quedarán bajo el nuevo sistema, qué información deben revisar y qué ajustes tendrán que estar listos antes de ese día. Estas son diez preguntas que conviene resolver desde ya.

Prepararse empieza por saber a quién se aplicará la reforma

1. ¿Con qué empezamos a prepararnos?

Identifique qué trabajadores podrían quedar cobijados por el nuevo sistema y cuáles continuarían bajo las reglas anteriores por el régimen de transición, teniendo como fecha límite de revisión el 31 de marzo de 2027. De este modo llegará al 1 de abril sabiendo qué reglas corresponden a cada empleado y qué gestiones estarán a su cargo como empresa.

2. ¿Qué información debemos recopilar?

Concéntrese en las semanas cotizadas. Los trabajadores que, al entrar en vigencia el nuevo sistema, cuenten con 750 semanas, en el caso de las mujeres, o 900, en el de los hombres, continuarán bajo las reglas actuales. Conviene revisar esa situación con cada empleado y contar con su colaboración para ello. Si tiene alguna duda sobre un caso o no sabe cuáles reglas tendrá que aplicar, consúltenos.

3. ¿Quiénes seguirán en el sistema actual?

Quienes queden cobijados por el régimen de transición. Para la empresa esto significa que, desde abril de 2027, podrán existir en una misma nómina trabajadores sujetos a reglas pensionales diferentes.

Las tareas de nómina

4. ¿Qué cambiará en nómina y aportes?

Para quienes queden bajo el nuevo sistema, la cotización seguirá siendo del 16%. Lo que cambia es su distribución: el ingreso base de cotización (IBC) hasta 2,3 salarios mínimos irá al componente de prima media y, sobre el excedente, al componente complementario de ahorro individual.

También deberán revisarse los aportes de quienes devenguen cuatro salarios mínimos o más, pues aumentará su contribución al Fondo de Solidaridad Pensional, a cargo del trabajador.

5. ¿Qué debemos revisar sobre las administradoras de ahorro individual?

Para quienes devenguen más de 2,3 salarios mínimos y estén bajo el nuevo sistema, será necesario conocer cuál es la Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI) elegida por el empleado o asignada por el sistema. La empresa no debe escogerla.

6. ¿Qué trabajadores requieren especial atención?

Además de los que estén cerca de cumplir las condiciones del régimen de transición, requieren especial atención aquellos con ingresos variables alrededor de 2,3 y 4 salarios mínimos. Comisiones, bonificaciones salariales u otros pagos pueden hacer que un trabajador cruce alguno de estos umbrales de un mes a otro, lo cual exigirá mayor atención para cumplir con las cotizaciones y su distribución.

Puede consultar también: Reforma pensional: ¿qué sigue para los empleadores tras el fallo de la Corte?

Algunos casos especiales

7. ¿Qué pasa si el trabajador tiene errores en la historia laboral?

Conviene que los corrija oportunamente. Si se trata de periodos laborados para la empresa, asesórese para evitar que una inconsistencia no corregida genere responsabilidades posteriores. cuando correspondan a periodos laborados con la empresa.

8. ¿Todavía puede utilizarse la oportunidad especial de traslado?

No. El artículo 76 concedió dos años desde la promulgación de la Ley 2381 para que determinadas personas próximas a la edad de pensión pudieran trasladarse de régimen, previa doble asesoría. Ese plazo culminó el 16 de julio de 2026. Esta oportunidad no debe confundirse con el régimen de transición.

La fecha está definida, pero el debate continúa

9. ¿La reforma ya quedó definitivamente en firme?

No. La Sentencia C-264 de 2026 declaró exequible, por los vicios de procedimiento estudiados, la mayor parte de la Ley 2381 y dispuso que esas normas entren en vigor el 1 de abril de 2027. Sin embargo, devolvió algunos apartes a la Cámara de Representantes para completar su trámite y suspendió hasta esa fecha el estudio de las restantes demandas contra la reforma.

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10. ¿Qué debemos comunicar a los trabajadores?

Dos cosas: que hasta el 1 de abril de 2027 deben continuar cumpliéndose las reglas actuales en materia de pensiones; y que la empresa está preparando los ajustes necesarios para implementar la reforma. Sin embargo, algunas situaciones individuales dependerán de las semanas cotizadas, el ingreso y la administradora correspondiente, por lo que se requerirá de su colaboración. Recomendamos evitar mensajes generales sobre quién “queda” o “no queda” bajo la nueva ley sin revisar previamente cada caso. De aquí a la fecha límite la tarea es concreta y exigente: caracterizar la situación de cada empleado, revisar los casos cercanos al régimen de transición, validar inconsistencias, identificar las ACCAI cuando corresponda e implementar y probar los cambios de nómina. Prepárese desde ya.

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