Corte Constitucional avala la extensión de la sobretasa al impuesto sobre la renta para los sectores asegurador, bursátil y del mercado de valores

La Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-196 de 2026, declaró exequible el artículo 10 de la Ley 2277 de 2022, que extendió la sobretasa temporal al impuesto sobre la renta a las entidades de los sectores asegurador, bursátil y del mercado de valores, en el parágrafo 2 del artículo 240 del Estatuto Tributario.

La Corte concluye que no existe un trato igual entre desiguales

Según los demandantes, la medida desconocía la equidad horizontal, pues los nuevos sujetos gravados tendrían una menor capacidad contributiva que las instituciones financieras, al soportar tasas efectivas de tributación más altas.

La Corte negó este cargo. Al respecto, reiteró que el principio de equidad tributaria constituye un límite al amplio margen de configuración del legislador en materia fiscal. No obstante, recordó que ello no impide establecer tratamientos diferenciados cuando exista una justificación constitucional suficiente.

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Al aplicar un juicio de igualdad de intensidad leve, la Corte concluyó que la premisa de la demanda era equivocada ya que los contribuyentes comparados sí son similares desde la perspectiva de su capacidad contributiva. Lo anterior, porque la sobretasa solo se causa si los contribuyentes tienen una renta líquida igual o superior a 120.000 UVT y; otros indicadores como el patrimonio, las utilidades, la rentabilidad positiva sobre el patrimonio (ROE) y la rentabilidad positiva de los activos (ROA), también muestran que todos los sujetos pasivos cuentan con una capacidad contributiva similar.

La capacidad contributiva no se agota en la tasa efectiva de tributación

Uno de los principales aportes de la sentencia consiste en precisar el alcance del concepto de capacidad contributiva. La Corte explicó que la capacidad contributiva corresponde a la aptitud económica real del contribuyente para soportar cargas tributarias y no puede medirse exclusivamente a partir de la tasa efectiva de tributación. Aunque esta constituye un indicador relevante, no es el único ni el determinante para evaluar la constitucionalidad de un tributo.

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La Sentencia C-196 de 2026 redefine los parámetros constitucionales para evaluar la validez de tributos sectoriales y ofrece nuevas herramientas para analizar controversias relacionadas con igualdad, equidad tributaria y capacidad contributiva. En Godoy contamos con amplia experiencia en litigio constitucional y tributario para evaluar el impacto de esta decisión sobre estructuras fiscales existentes, procesos en curso y futuras reformas tributarias.

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