El recargo que se paga por dominical y festivo subirá a 90%

Nota para el medio Asuntos Legales

La trayectoria de incrementos fijada por la ley contempla una meta definitiva que proyecta situar dicho recargo en 100% para el 1 de julio de 2027

Con la reforma laboral se legitimó reconocer que la prestación del servicio laboral bajo condiciones especiales como días de descanso merecen una compensación económica legal, en esta medida se han venido poniendo en marcha recargos y alzas alineados a este fin y desde hoy inicia el aumento a 90% del recargos en día de descanso obligatorio.

También puede leer: Nuevo mapa del proceso disciplinario en la Reforma Laboral: pasos, límites y garantías esenciales

Daniel Contreras, socio de la firma Godoy, explica que los cambios regulatorios en curso demandan una anticipación y una correcta implementación por parte de las empresas para evitar riesgos y mantener la competitividad en el mercado. En el ordenamiento jurídico de Colombia, el cumplimiento de los tiempos de servicios y sus respectivas remuneraciones se rigen por un principio de contraprestación formal, el cual experimenta transformaciones directas debido a la aplicación de la reforma laboral.

En este caso en específico, las personas que presten sus servicios durante los domingos y los días festivos experimentarán un incremento en la retribución económica de sus funciones. De acuerdo con el marco regulatorio vigente, el recargo establecido para estas jornadas se fijará en 90% sobre el valor de la hora ordinaria, sustituyendo el porcentaje previo que se venía aplicando en el mercado laboral.

Stay ahead of change with our magazine Dos:Puntos

Receive content that will help you make decisions with confidence and vision. News, ideas, and strategies that drive change.